Herencias con menores de edad: ¿Quién administra sus bienes y cómo protegerlos?

por | 17 Dic 2025 | Abogados Malaga, Herencias

El fallecimiento de un ser querido es siempre un momento traumático, pero la situación se vuelve jurídicamente más compleja cuando existen herederos menores de edad. En Perezpalma Abogados, una de las consultas más frecuentes que recibimos en nuestro despacho de herencias y divorcios es: “Si mis hijos heredan siendo pequeños, ¿quién controla ese dinero o esas propiedades?”.

La respuesta rápida suele ser “el otro progenitor”, pero el Derecho de Sucesiones español establece matices, límites y controles judiciales estrictos para garantizar que el patrimonio del menor no se malgaste ni se utilice indebidamente.

En este artículo, desgranamos quién administra la herencia de un menor, qué ocurre si hay conflicto de intereses y qué papel juegan los jueces en la venta de bienes heredados.

¿Tienen capacidad los menores para heredar?

Es fundamental partir de la base legal: los menores de edad tienen plena capacidad para suceder. Es decir, pueden ser nombrados herederos o legatarios sin ningún problema. Sin embargo, carecen de capacidad de obrar plena.

Esto significa que un niño de 5 años puede ser propietario de un piso heredado de su abuelo, pero no puede firmar la escritura de aceptación de herencia, ni decidir venderlo, ni alquilarlo por sí mismo. Necesita de un representante legal que actúe en su nombre y beneficio.

La regla general: La Patria Potestad

En la mayoría de los casos, la administración de los bienes heredados por un menor corresponde a los titulares de la patria potestad. Generalmente, esto recae sobre los padres (o el progenitor sobreviviente en caso de fallecimiento de uno de ellos).

El Código Civil establece que los padres son los representantes legales de sus hijos menores y, por tanto, son los encargados de:

  1. Aceptar la herencia: Que, por ley, se entiende aceptada siempre “a beneficio de inventario”. Esto es una protección automática para que el menor nunca responda de las deudas del fallecido con su propio patrimonio, sino solo hasta donde alcance lo heredado.
  2. Administrar los bienes: Gestionar el dinero, mantener los inmuebles, etc.

Sin embargo, esta administración no es un “cheque en blanco”. Los padres deben administrar los bienes con la misma diligencia que los suyos propios, pero cumpliendo con ciertos deberes de rendición de cuentas si fuera necesario.

¿Qué ocurre si los padres están divorciados?

Esta es una duda muy común en nuestro despacho donde gestionamos muchas veces la complejidad de la herencia tras un divorcio. Si usted está divorciado y fallece, su ex cónyuge pasará a administrar la herencia que usted deje a sus hijos comunes, en virtud de la patria potestad que ostenta sobre ellos.

Muchos clientes desean evitar esto. ¿Es posible? . A través de un testamento correctamente redactado, se puede nombrar a un administrador especial para los bienes de la herencia, excluyendo al otro progenitor de la gestión de esos bienes concretos, aunque siga teniendo la custodia de los niños.

El Conflicto de Intereses y la figura del Defensor Judicial

Existe un escenario muy habitual donde la administración por parte del progenitor superviviente se bloquea: el conflicto de intereses.

Imaginemos que fallece un padre sin testamento. Sus herederos son su esposa (viuda) y sus hijos menores.

  • La viuda tiene derecho al usufructo de mejora o a su cuota legal.
  • Los hijos tienen derecho a la nuda propiedad o al pleno dominio de ciertas partes.
  • Al realizar el cuaderno particional (el reparto de bienes concreto), la madre está decidiendo qué se queda ella y qué se quedan los hijos.

En este caso, la madre no puede representarse a sí misma y a los hijos a la vez, porque podría beneficiarse perjudicando a los menores. Aquí entra en juego la figura del Defensor Judicial.

El Defensor Judicial es un tercero (a menudo un familiar o un profesional independiente) nombrado por el Letrado de la Administración de Justicia para representar al menor únicamente en el acto del reparto de la herencia, garantizando que el reparto sea justo.

Límites importantes: La Autorización Judicial para venta de bienes

El hecho de que los padres administren los bienes no significa que puedan hacer lo que quieran con ellos. El legislador protege especialmente el patrimonio inmobiliario y de gran valor de los menores.

Según el artículo 166 del Código Civil, los padres necesitan autorización judicial para realizar ciertos actos de disposición sobre los bienes de sus hijos menores. No pueden vender libremente lo que el niño ha heredado.

¿Cuándo es obligatoria la autorización del juez?

Los padres necesitarán contratar a un abogado y procurador para solicitar permiso al juez en los siguientes casos:

  • Renunciar a la herencia: Si la herencia tiene más deudas que bienes, el juez debe autorizar la renuncia.
  • Venta de Bienes Inmuebles: Pisos, casas, terrenos o locales comerciales.
  • Venta de valores mobiliarios y acciones: Salvo que el dinero obtenido se reinvierta en bienes seguros.
  • Gravar bienes: Por ejemplo, hipotecar una casa que es propiedad del menor.

Para que el juez conceda esta autorización, los padres deben demostrar causa de utilidad o necesidad. Por ejemplo: “Necesitamos vender el piso heredado porque genera muchos gastos de comunidad que el menor no puede pagar, y usaremos el dinero de la venta para asegurar sus estudios universitarios”.

El Ministerio Fiscal intervendrá siempre en estos procesos para velar por el interés del menor.

¿Qué pasa si no hay padres? La Tutela

En el triste caso de que ambos progenitores hayan fallecido o hayan sido privados de la patria potestad, se abrirá el mecanismo de la Tutela.

El tutor será la persona encargada de cuidar al menor y administrar sus bienes. El nombramiento de tutor se hace judicialmente, aunque se suele respetar la voluntad que los padres hubieran dejado escrita en testamento (otra razón vital para hacer testamento).

El control sobre el tutor es mucho más estricto que sobre los padres:

  • Debe hacer inventario inicial.
  • Debe rendir cuentas anualmente ante el Juzgado.
  • Necesita autorización judicial para casi cualquier movimiento económico relevante.

Consejos de Perezpalma Abogados para proteger a los menores

Como expertos en herencias y derecho de familia, nuestra recomendación es siempre la prevención. Dejar las cosas atadas evita conflictos futuros y gastos innecesarios en procedimientos judiciales.

  1. Haga Testamento: Es la herramienta más potente. Puede nombrar un administrador para los bienes que deje a sus hijos, evitando que su ex-pareja toque ese dinero. Sepa más de cómo se hace un testamento.
  2. Designe Tutor: En su testamento puede dejar dicho quién quiere que cuide de sus hijos si usted falta.
  3. Planifique la liquidez: Tenga en cuenta que si deja inmuebles a menores, venderlos para obtener liquidez será un proceso lento y judicializado. Intente dejar también efectivo o seguros de vida.

¿Te encuentras en una situación de herencia con menores implicados o quieres dejar testamento para protegerlos? En Perezpalma Abogados somos especialistas en gestionar estas situaciones con la delicadeza y profesionalidad que requieren. Contacta con nosotros hoy mismo para una consulta.

5/5 - (1 voto)

Escríbanos un comentario

Utilizamos cookies de terceros no necesarias para la navegación con finalidades analíticas y estadísticas. Puede aceptar estas cookies haciendo click en “Entendido”, o puede rechazar o configurar las cookies haciendo click en “Rechazar”.

Privacy Settings saved!
Configuracion de Privacidad

When you visit any web site, it may store or retrieve information on your browser, mostly in the form of cookies. Control your personal Cookie Services here.

These cookies are necessary for the website to function and cannot be switched off in our systems.

In order to use this website we use the following technically required cookies
  • wordpress_test_cookie
  • wordpress_logged_in_
  • wordpress_sec

Rechazar todos los servicios
Acepto todos los servicios