En dos mil quince, la Comisión aprobó una Directiva de Ejecución sobre la comunicación a las autoridades eficientes de posibles infracciones o bien infracciones reales del Reglamento sobre abuso de mercado [Directiva de Ejecución (Unión Europea) 2015/2392 de la Comisión, llamada Directiva sobre demanda de infracciones]. Esta Directiva se anota en el código normativo sobre abuso de mercado y demanda a los Estados miembros que establezcan mecanismos eficientes de comunicación de las infracciones de tal Reglamento. Contiene disposiciones para resguardar a quienes avisan esta clase de infracciones y especifica los procedimientos de protección de los denunciantes y de los denunciados, el sistema de seguimiento de las demandas y el de protección de los datos personales.

Los Estados miembros debían trasponerla a más tardar el tres de julio de dos mil dieciseis. Una vez agotado ese plazo inicial, se pidió a los países que no lo habían hecho, entre ellos España, que adoptaran medidas para asegurar el pleno cumplimiento de las nuevas reglas sobre los denunciantes de infracciones en el mes de septiembre de dos mil dieciseis. Desde ese momento, la Comisión no ha recibido información respecto de la integración completa de las citadas reglas al ordenamiento jurídico nacional. Por ese motivo, lleva ahora a España frente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Como una parte de su trabajo para lograr unos mercados financieros más sólidos y trasparentes, en el primer mes del verano de dos mil catorce la Unión Europea aprobó nuevas reglas contra el abuso de mercado, que reemplazaron a la Directiva sobre abuso del mercado (DAM) original, fortaleciendo la normativa a este respecto. La DAM, aprobada en dos mil tres, introducía un sistema para armonizar los conceptos esenciales relativos al abuso de mercado y las reglas pertinentes y para fortalecer la colaboración entre los diferentes reguladores. No obstante, esa regulación fue quedándose trasnochada debido al desarrollo de las nuevas plataformas de negociación, la negociación extrabursátil y nuevas tecnologías como la negociación de alta frecuencia. Por esta razón, la Comisión planteó la substitución de la DAM por un Reglamento y una nueva Directiva sobre abuso de mercado.

Fuente: Comunicados de prensa de la Comisión Europea

(fuente: informativojuridico.com)

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