La Comisión de Justicia del Congreso de los Miembros del Congreso de los Diputados ha acordado el martes dieciocho de octubre unánimemente instar al Gobierno a alterar el régimen de tasas judiciales incorporando a la lista de sujetos exentos del pago de dichas tasas a las entidades sin fines rentables, a las PYMES y comunidades de dueños.
Los miembros del Congreso de los Diputados han debatido rutas proposiciones no de ley de la vieja Convergència (CDC) y del Partido Socialista Obrero Español sobre el régimen de tasas judiciales que todavía se sostiene tras la rectificación del Gobierno del Partido Popular y la sentencia contraria del Tribunal Constitucional. Al final, los dos textos se han derretido en una nueva redacción tras la integración de una enmienda transaccional de los socialistas.
Así, el nuevo texto solicita al Ejecutivo que modifique, en un plazo de 3 meses, el artículo 7 de la Ley 10/2012 por el que se regulan determinadas tasas en el campo de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Sociedades con un volumen de negocio bajo el millón
Además, hace referencia a las sociedades mercantiles cuya cifra de negocio sea inferior al millón de euros y se amplía la salvedad no solo a las entidades sin fines rentables, sino más bien asimismo a las organizaciones no gubernativos cuyo objetivo esencial atienda a la defensa y protección de los Derechos Humanos y las libertades esenciales, las necesidades de bienestar económico y social o bien a la sostenibilidad, protección y regeneración del medioambiente.
El portavoz socialista de Justicia, Juan Carlos Campo, se ha referido a la cuota fija para aquellas personas jurídicas no contempladas en el apartado de la proposición no de ley con la intención de amoldarse al contenido de la sentencia del Tribunal Constitucional del veintiuno de julio que declaraba inconstitucional la previsión del artículo siete de la ley, que en sus apartados 1 y dos establecían las cuotas tributarias fijas y variables.
Durante su intervención en el discute, Campo Moreno ha precisado que las tasas judiciales instauradas por el exministro de Justicia Alberto Ruiz Gallardón en dos mil doce, se habían transformado en un “elemento normativo” que no habían ayudado a la modernización del servicio de Justicia sino, más bien, provocaban una “mayor desigualdad social”.
Además ha añadido que el “clamor” contra la ley de tasas llevó al actual ministro del ramo, Rafael Catalá, a “reparar parcialmente el sinsentido y despropósito” de dicha normativa legal. En exactamente la misma línea se ha pronunciado el miembro del Congreso de los Diputados de En Comú-Podem-En Marea, Jaume Moya, quien ha calificado el sistema de tasas de “pequeña chapuza”.
La portavoz de Justicia de Convergència, Lourdes Ciuró, ha apoyado la enmienda del Conjunto Socialista y ha aseverado que los peores vaticinios de las consecuencias de la entrada en vigor de esta normativa se habían cumplido pues “se ha cerrado el paso a los ciudadanos que pretenden proteger sus situaciones lícitas frente a los tribunales”.
Exención de pago
Algunas formaciones como Compromís han protegido la supresión de la tasa judicial y queden exoneradas de pagarlas no solamente las PYMES y entidades sin fines rentables sino más bien asimismo las grandes corporaciones. Otra cosa es, conforme ha dicho el miembro del Congreso de los Diputados de Compromís, Enric Bataller, el “uso abusivo”; y, en esos casos, podría proponerse penalizar ese comportamiento vía costas judiciales.
Diferente postura ha protegido Jaume Moya, de En Comú, quien ha argumentado que había una “zona de penumbra” a causa de la sentencia del Tribunal Constitucional de julio de dos mil dieciseis y que la modificación planteada en la proposición no de ley debería aplicarse a las entidades exentas en el Impuesto de Sociedades mas no para las grandes empresas.
El vicepresidente segundo de la Comisión y miembro del Congreso de los Diputados popular Francisco Molinero ha contestado que no compartía una parte de las intervenciones hechas por los parlamentarios que le han antecedido en el empleo de la palabra y que la ley de tasas nació como consecuencia de la “caída brutal” de la colecta derivada de una “fatal gestión” del gobierno precedente.
Además ha precisado que la ley 10/2012 no vulnera en sí el derecho constitucional a la tutela judicial eficaz y que la normativa legal persigue un fin lícito.
Noticia jurídica extraída de economistjurist